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Redacción ONPEChequea

Publicado el 17 abril, 2026

[ACLARACIÓN] La labor de miembro de mesa no genera vínculo laboral con la ONPE

Aclaramos que la labor de los miembros de mesa, aunque fundamental para el desarrollo de los procesos electorales, no genera un vínculo laboral o contractual con la ONPE. Se trata de un deber cívico asignado por sorteo y regulado por la legislación peruana.

🗳️ Los miembros de mesa tienen a su cargo la conducción de la mesa de sufragio durante la jornada electoral y, al cierre de la votación, realizan el escrutinio y el llenado de actas con los resultados correspondientes.

🕛 Comprendemos que la jornada electoral, dada la complejidad de este proceso, fue extensa y por ello valoramos el compromiso de los miembros de mesa que ejercieron su labor. Sin embargo, esto no constituye un vínculo contractual con nuestra institución.

⚠️ Por tanto, la figura de “maltrato laboral” no es aplicable a los miembros de mesa conforme con la legislación peruana.

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